Fuente: Mejía Trujillo, G. (2025). Sistemas expertos en el Poder Judicial de Perú: El caso de Amauta Pro. Forseti. Revista de Derecho, 14(22), 81-98.
Objeto: Análisis jurídico-técnico del sistema Amauta Pro (Corte Superior de Justicia de Lima Norte) como Sistema Experto (SE) de IA aplicado a medidas de protección bajo la Ley N.° 30364.
Trazabilidad normativa administrativa reconstruida por el autor:
- RA 1086-2023-P-CSJLIMANORTE-PJ (18/08/2023): creación del asistente jurisdiccional "Amauta Pro".
- RA 162-2024-P-CSJLIMANORTE-PJ (05/02/2024): adquisición de GPU de alto rendimiento, interoperabilidad vía PIDE con PNP (SIPROVIV), Programa Aurora y Ministerio Público.
- RA 418-2024-P-CSJLIMANORTE-PJ (25/04/2024): redefinición como SE basado en reglas, conectado al Expediente Judicial Electrónico (EJE PJ) y la PIDE, con generación automatizada de proyectos de resolución.
- RA 973-2024-P-CSJLIMANORTE-PJ (24/09/2024): inicio oficial de producción, cobertura de once juzgados, cinco plantillas (violencia de pareja, adulto mayor, NNA, incompetencia, inhibición).
Marco teórico: Amauta se clasifica, siguiendo la tipología de Susskind (1990), como "sistema de modelación de documentos" — no como diagnóstico, planificación, guía de procedimiento o lista de verificación. Se destaca como SE de "caja abierta/blanca" (open-box), en contraste con sistemas de caja negra (IA generativa, agentes de IA), por su mayor transparencia y explicabilidad Susskind (1986) señala que los sistemas expertos suelen ser transparentes en el sentido de que pueden generar explicaciones de las líneas de razonamiento que los llevan a sus conclusiones.
Marco regulatorio comparado citado: Reino Unido (Guía IA para titulares de cargos judiciales, dic. 2023, actualizada abril 2025) y Colombia (Lineamientos IA Rama Judicial, dic. 2024). El autor confirma la ausencia de reglamentación específica de IA para el sector público peruano y de la Ley N.° 31814 al momento de publicación (2025) — dato que actualiza el marco regulatorio QNM, dado que el D.S. N.° 115-2025-PCM fue publicado en septiembre 2025, posterior al cierre de este artículo.
Limitaciones reconocidas por el autor: ausencia de transparencia algorítmica suficiente en el sector público peruano; el razonamiento jurídico (a diferencia del médico) no es causal-descriptivo sino interpretativo, lo que limita la fiabilidad del SE; dependencia crítica de la calidad de interoperabilidad entre PNP, Programa Aurora, Ministerio Público y Poder Judicial.
Relevancia para el corpus QNM (Publicación 1 — Amauta.Pro): Este artículo académico (Forseti, 2025) corrobora y detalla con fuentes primarias (resoluciones administrativas) exactamente el sistema ya documentado por QNM: mismo software, misma base normativa (Ley 30364), mismos 11 juzgados, mismas 5 plantillas. Aporta la genealogía administrativa completa (2023-2024) y el marco comparado (RU/Colombia) ausente en el análisis QNM previo. Confirma nuevamente el patrón del "punto ciego ambiental": ni el artículo de Mejía ni las cuatro resoluciones administrativas citadas mencionan consumo energético, hídrico o huella ambiental de los GPU adquiridos para Amauta — coincidiendo con el hallazgo de Bermúdez Castro et al. (2025) (Documento 2) sobre ausencia total de esta dimensión en la literatura jurídica peruana.
Lista de contaminantes: No aplica — artículo jurídico-técnico sobre sistemas expertos judiciales, sin mediciones ambientales.
Brechas de gestión:
- El propio autor documenta la adquisición de "Unidades de Procesamiento de Gráficos de alto rendimiento" (RA 162-2024) sin que ninguna resolución administrativa registre su consumo energético o hídrico asociado — vacío que refuerza el hallazgo QNM sobre invisibilidad material de la infraestructura de IA en el Poder Judicial.
- Vacío normativo confirmado por fuente académica especializada: a la fecha del artículo (2025), Perú carecía de reglamento de IA aplicable al sector público, y el Poder Judicial operó Amauta sin lineamientos propios, a diferencia de RU y Colombia.
- Dependencia de interoperabilidad PIDE entre PNP, Programa Aurora, Ministerio Público y Poder Judicial sin auditoría externa documentada sobre la calidad o sesgo de los datos de origen.
- El propio autor advierte que los productos de Amauta requieren supervisión humana constante por la naturaleza interpretativa del razonamiento jurídico, riesgo que se acumula con los hallazgos de opacidad y ausencia de auditoría ya documentados en Curia e IUDEX IA (Publicaciones 2 y 3, corpus QNM).
No hay comentarios:
Publicar un comentario